cubiertas asesinas

Charlas generales sobre la EN.
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pablofar77
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por pablofar77 » 03 Nov 2011 01:06

hacete ver eze no sea cosa que tengas una fisura.. :?
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PAOLO OMMMMM! RECARGADO.......

Estani
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por Estani » 19 Sep 2013 07:55

A todo lo que dijeron hay que sumarle que son motos 125, eh visto por ahí tipos tomando curvas cual pistera de competición, y la realidad es que te conviene bajar la velocidad y doblar como un marica inexperto que caerte por banana(no digo que sea tu caso). lo digo por experiencia, en mi época 3/4 caídas en las motos 50, 60cc se debían a querer doblar como en las publicidades, teikirisi gente, no nos olvidemos que además de apestar las cubiertas originales, son motos livianas y debaja cilindrada. Tomar bien una curva o rotonda con estas motos, no es para nada facil, tenés factores como cubiertas, relación en la velocidad y marcha en la que tomás la curva (todavía existen los que embragan doblando), viento, inclinación/peso de quien maneja, en fin, hay que andar con cuidado. Que bueno que no te lastimaste mucho!!!

FacuF
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por FacuF » 28 Sep 2013 16:52

Es viejo el post pero hago mi humilde aporte. Más allá de las cubiertas y de la moto, una mancha de aceite es peligrosa!! Tengas una cubierta 90 o una 180, si la agarrás de lleno muy probablemente termines en el piso...

les dejo el link a este video de una fz6, por suerte no le pasó nada al flaco, pero que dolor ver la moto así golpeada :snif:

http://www.youtube.com/watch?v=2OVFDz190fQ

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eze133
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por eze133 » 28 Sep 2013 21:03

Si miran detenidamente van a a notar a los 16 segundos del video que se nota el asfalto que pasa de estar seco a tener una linea con líquido que ni sabemos que será, agua, aceite, gasoil; esas manchas en línea son a las que tenemos que estar atentos cuando agarramos una curva y/o una rotonda, si lamentablemente ya la agarran y aterrizan, larguen la moto como hizo el flaco, sino van a golpear de lleno contra el guardarrail.


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Giorgiodel75
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por Giorgiodel75 » 28 Sep 2013 21:56

eze133 escribió:Si miran detenidamente van a a notar a los 16 segundos del video que se nota el asfalto que pasa de estar seco a tener una linea con líquido que ni sabemos que será, agua, aceite, gasoil; esas manchas en línea son a las que tenemos que estar atentos cuando agarramos una curva y/o una rotonda, si lamentablemente ya la agarran y aterrizan, larguen la moto como hizo el flaco, sino van a golpear de lleno contra el guardarrail.
Si bien ver estos videos a veces es duro y puede asustar, creo que son muy importantes para aprender y tener cuidado. No es fácil el mundo de las dos ruedas, pero te lo garpa con creces con el placer que te genera.
Excelente aporte Eze, muchas gracias! :oki:

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champo
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por champo » 28 Sep 2013 23:15

eze133 escribió:Si miran detenidamente van a a notar a los 16 segundos del video que se nota el asfalto que pasa de estar seco a tener una linea con líquido que ni sabemos que será, agua, aceite, gasoil; esas manchas en línea son a las que tenemos que estar atentos cuando agarramos una curva y/o una rotonda, si lamentablemente ya la agarran y aterrizan, larguen la moto como hizo el flaco, sino van a golpear de lleno contra el guardarrail.


Que cagada, nadie tiene 2 min para bajarse del auto y ayudarlo a levantar la moto....

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eze133
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por eze133 » 29 Sep 2013 01:35

Giorgiodel75 escribió:
eze133 escribió:Si miran detenidamente van a a notar a los 16 segundos del video que se nota el asfalto que pasa de estar seco a tener una linea con líquido que ni sabemos que será, agua, aceite, gasoil; esas manchas en línea son a las que tenemos que estar atentos cuando agarramos una curva y/o una rotonda, si lamentablemente ya la agarran y aterrizan, larguen la moto como hizo el flaco, sino van a golpear de lleno contra el guardarrail.
Si bien ver estos videos a veces es duro y puede asustar, creo que son muy importantes para aprender y tener cuidado. No es fácil el mundo de las dos ruedas, pero te lo garpa con creces con el placer que te genera.
Excelente aporte Eze, muchas gracias! :oki:
De nada Giorgio pero solo amplie el aporte de facuf! Gracias a el también!

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gitanodeazul
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por gitanodeazul » 29 Sep 2013 01:42

champo escribió: Que cagada, nadie tiene 2 min para bajarse del auto y ayudarlo a levantar la moto....
Es cierto...solo un motociclista se acerca en los últimos segundos del video. ¡¡¡ Qué jodidosssss !!!
Los motociclistas somos los UNICOS que SABEMOS porqué los perros sacan la cabeza por la ventanilla cuando van en auto.-
(ARGENTINO e IGNORANTE se escriben con las mismas letras. Luchemos para que no se conviertan en sinónimos)

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juanchi
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por juanchi » 29 Sep 2013 10:21

Giorgiodel75 escribió:
eze133 escribió:Si miran detenidamente van a a notar a los 16 segundos del video que se nota el asfalto que pasa de estar seco a tener una linea con líquido que ni sabemos que será, agua, aceite, gasoil; esas manchas en línea son a las que tenemos que estar atentos cuando agarramos una curva y/o una rotonda, si lamentablemente ya la agarran y aterrizan, larguen la moto como hizo el flaco, sino van a golpear de lleno contra el guardarrail.
Si bien ver estos videos a veces es duro y puede asustar, creo que son muy importantes para aprender y tener cuidado. No es fácil el mundo de las dos ruedas, pero te lo garpa con creces con el placer que te genera.
Excelente aporte Eze, muchas gracias! :oki:
100% :oki:

viendo los videos ves que las circunstancias de accidentes son casi siempre típicas (si bien son accidentes).
eeehhh bueno muchachos tampoco exageremos...

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gitanodeazul
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Re: cubiertas asesinas

Mensaje por gitanodeazul » 29 Sep 2013 13:05

juanchi escribió: viendo los videos ves que las circunstancias de accidentes son casi siempre típicas (si bien son accidentes).

Si, Juanchi; casi siempre son típicas, pero MI concepto de "accidente" es cuando ocurre exactamente DE ESA MANERA, ACCIDENTALMENTE y sin la participación previa de un tercero.-
Piénsenlo fríamente:
ALGUIEN construyó ese asfalto que por defectuoso se bacheó.
ALGUIEN debió reparar ese bache para evitar futuros "accidentes".
ALGUIEN debió pintar esa línea divisoria de carriles con pintura antideslizante.
ALGUIEN debió colocar una banda guardarrail inferior (los peores "accidentes" los HE VISTO cuanto un cuerpo se corta en dos al impactar contra el soporte de hierro).(En muchos países ya está implementado).-
ALGUIEN NO debió llenar ese tanque de combustible hasta el tope como para que se derrame.
ALGUIEN (o nosotros mismos) no calibramos adecuadamente la presión de nuestros neumáticos.
ALGUIEN (en un choque múltiple) debió haber mantenido la distancia debida del vehículo que lo antecedía, para frenar adecuadamente dando el tiempo y el espacio necesario para que no nos "estampillemos" detrás suyo.-
ALGUIEN debió llevar su carga cubierta para que ese pedregullo o arena no cayera al asfalto.-
ALGUIEN... y la lista de "causantes" es lamentablemente interminable.-
Si se te cortó la cadena y la trasera se bloqueó, si pinchaste una goma y la moto se desestabilizó, si se cortó un conducto de líquido de frenos y todos los desperfectos que se les ocurran que puedan acaecer pese a haber sometido todo a un previo control, ESO SERIA UN ACCIDENTE, pero NO cuando lo que sea ocurre por negligencia de ALGUIEN.-
Hagámonos un favor leyendo unos minutos el Código Penal de la Nación Argentina:
Comentario: depende de lo que, en este caso, "significa" la palabra accidente y ¿cuál es su contenido?.
Por otro lado, el artículo 94 del Código Penal, refiere a "daño en el cuerpo o en la salud", asi que resulta necesario contar con un peritaje e informe médico que aclare eso.
Ahora "un daño en el cuerpo puede solucionarse y no dejar secuela alguna; pero, un daño en la salud puede llegar a ser permanente", (ello no quita que, de un daño en el cuerpo, quede alguna que otra cicatriz, y si esta afecta el aspecto físico o estetico y, tal vez, al animus de la persona).
Por el lado civil, se podría análizar el caso bajo la optica de los artículos 43 y 1113 del Código Civil, (y sus posibles vinculaciones con otros artículos del Código Civil).
Ahora, "si el daño interno y externo en la persona es grave", pueden plantear la cuestión en una sola causa en Sede Penal, (o sea, plantear en conjunto ambas responsabilidades), habría que análizar más en detalle, ¿cuál es la más eficiente y eficaz?.
Vean el artículo 94 del Código Penal, y los artículos 43 y 1113 del Código Civil, ambos de la República Argentina.
Lo que rezan los Artículos de esos Códigos:
" ARTICULO 94 (Código Penal). - Se impondrá prisión de un mes a tres años o multa de mil a quince mil pesos e inhabilitación especial por uno a cuatro años, al que por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, causare a otro un daño en el cuerpo o en la salud.
Si las lesiones fueran de las descritas en los artículos 90 ó 91 y concurriera alguna de las circunstancias previstas en el segundo párrafo del artículo 84, el mínimo de la pena prevista en el primer párrafo, será de seis meses o multa de tres mil pesos e inhabilitación especial por dieciocho meses.
(Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 25.189 28/10/1999)
(Multa actualizada por la Ley N° 24.286 B.O. 29/12/1993.)

Art. 43 (Cód.Civil). Las personas jurídicas responden por los daños que causen quienes las dirijan o administren, en ejercicio o con ocasión de sus funciones. Responden también por los daños que causen sus dependientes o las cosas, en las condiciones establecidas en el Título: "De las obligaciones que nacen de los hechos ilícitos que no son delitos".
(Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 17.711 B.O. 26/4/1968. Vigencia: a partir del 1° de julio de 1968.)

Art. 1.113 (Cód.Civil). La obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los que están bajo su dependencia, o por las cosas de que se sirve, o que tiene a su cuidado.
En los supuestos de daños causados con las cosas, el dueño o guardián, para eximirse de responsabilidad, deberá demostrar que de su parte no hubo culpa; pero si el daño hubiere sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, sólo se eximirá total o parcialmente de responsabilidad acreditando la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder. (Párrafo incorporado por art. 1° de la Ley N° 17.711 B.O. 26/4/1968. Vigencia: a partir del 1° de julio de 1968.)
Si la cosa hubiese sido usada contra la voluntad expresa o presunta del dueño o guardián, no será responsable. (Párrafo incorporado por art. 1° de la Ley N° 17.711 B.O. 26/4/1968. Vigencia: a partir del 1° de julio de 1968.)"


Disculpen lo extenso, pero estos son temas con consecuencias GRAVISIMAS o MORTALES, que no pueden explicarse debidamente resumiendo ni entrecortando frases.-
Si tenemos un ACCIDENTE, a "comeeeerllllaaaa", pero cuando ocurre por razones ajenas a nosotros, si "zafamos", ¡¡¡ ...a pelearla sin descanso !!!.-
Cuidémonos mucho. Un abrazo.-
Los motociclistas somos los UNICOS que SABEMOS porqué los perros sacan la cabeza por la ventanilla cuando van en auto.-
(ARGENTINO e IGNORANTE se escriben con las mismas letras. Luchemos para que no se conviertan en sinónimos)

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